Description
- ¿Qué es una Cesión de Marcas (de persona moral a persona física)?
Es un convenio mediante el cual una persona moral transfiere la titularidad de varias marcas a una persona física. Por persona moral se entiende cualquier entidad constituida legalmente sujeta de derechos y obligaciones, es decir, cualquier sociedad, asociación civil, o dependencia. Esta cesión puede realizarse de forma gratuita o a cambio de una contraprestación.
En este convenio se transmite la titularidad de varias marcas registradas y/o avisos comerciales, así como sobre diversas solicitudes de marca en trámite, es decir, aquellas que aún no han sido otorgadas por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI).
Al celebrarse este contrato con una persona moral, el mismo deberá de ser firmado por quien tenga facultades suficientes a efecto de representar a la entidad.
- ¿Por qué es importante?
Es fundamental para demostrar quién es el titular de las marcas y, por lo tanto, la persona que posee todos los derechos y obligaciones sobre ellas, así como la facultad exclusiva para su uso y explotación.
- ¿Cuáles son sus requisitos?
El requisito fundamental es que el cedente sea el titular de las marcas y/o avisos comerciales que desea ceder, y que la cesión se encuentre por escrito. Además de esto que se incluya:
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- Los números de registros de las marcas sobre las cuales se está realizando la cesión.
- Los datos del cedente y cesionario, a saber, nombre, domicilio, datos fiscales.
- Si existe una contraprestación por la cesión o se realiza de forma gratuita.
- Ejemplo de Caso práctico:
LABORATORIOS SUMI S.A.P.I. DE C.V. cuenta con dos marcas “HYDRA100” una para vender suplementos alimenticios y otra para vender refrescos. LABORATORIOS SUMI S.A.P.I. DE C.V. ya no le interesa conservar estas marcas por lo que desea venderlas a Hector Espinoza para que él pueda ahora fabricar y comercializar los productos bajo esas marcas. En vista de esto LABORATORIOS SUMI S.A.P.I. DE C.V. celebrará un convenio de cesión de marcas con Hector Espinoza a efecto de transferirle todos sus derechos sobre las marcas “HYDRA100” a JUAN MOLINA, asegurando que ya no podrá usarlas ni reclamar derechos sobre ella.
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